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EuropaAbuso institucional: cuando las madres protectoras se convierten en víctimas del sistema

Abuso institucional: cuando las madres protectoras se convierten en víctimas del sistema

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Sarah Thierrée
Sarah Thierrée
Sarah Thierrée, profesora asociada de Psicología Clínica y Forense en la NEU (Universidad del Cercano Oriente), es también experta ante la Corte Penal Internacional, especializada en violencia institucional.

En el laberinto de los tribunales de familia persiste una paradoja escalofriante: las madres, que deberían ser elogiadas por su valentía al denunciar los abusos sufridos por sus hijos, a menudo se ven expuestas a una violencia institucional paroxística. Estas mujeres, a las que se suele llamar “madres protectoras”, ven distorsionado su papel de padres protectores y sus derechos restringidos por instituciones que se supone que garantizan la justicia y la seguridad. Pero ¿cómo pueden los procesos diseñados para proteger a veces reproducir los mismos mecanismos de abuso que se supone que deben combatir, o incluso generar otros nuevos?

Una realidad intolerable y sistémica

En Francia, según la Comisión independiente sobre el incesto y la violencia sexual contra los niños (CIIVISE), casi 160,000 niños son víctimas de violencia sexual cada año. De ellos, una abrumadora mayoría (81%) sufren abusos en el seno de su familia inmediata. Esta realidad, ya de por sí terrible, se vuelve aún más preocupante cuando se pone de manifiesto con los testimonios de madres protectoras. En sus intentos de denunciar estos delitos y garantizar la seguridad de sus hijos, estas mujeres se enfrentan a un sistema judicial en el que el 76% de las denuncias son desestimadas sin más trámite.

Un ejemplo emblemático es el caso de Priscilla Majani, quien fue condenada por “secuestro de menores” tras intentar proteger a su hija de un padre acusado de abuso sexual. Su historia pone de relieve el trágico impasse al que se enfrentan las madres protectoras: o acatan las decisiones judiciales que consideran inseguras para sus hijos o entran en conflicto directo con la ley.

Una crisis europea: un fenómeno generalizado, sistémico e institucionalizado

España refleja mecanismos similares a los observados en Francia, donde las madres que denuncian abusos intrafamiliares se enfrentan a la violencia institucional. Un informe reciente del Consejo de Europa El informe pone de relieve la tortura psicológica que sufren estas madres durante las decisiones sobre la custodia. El concepto de “violencia institucional”, ampliamente debatido en Francia, adquiere aquí una forma tangible. En España, la aplicación sistemática del “síndrome de alienación parental” (SAP) en los tribunales de familia sigue desacreditando las acusaciones de violencia, a menudo a expensas de la seguridad de los niños. A pesar de haber sido rechazado explícitamente por las Naciones Unidas, este concepto pseudocientífico todavía se utiliza para justificar las separaciones forzadas de madres e hijos.

En Inglaterra, surge una dinámica similar. Una investigación de Women's Aid de 2021 reveló que el principio de "contacto a cualquier precio" predomina en las decisiones judiciales, incluso cuando hay pruebas de violencia doméstica. Esta prioridad otorgada a mantener las relaciones con ambos padres, independientemente del riesgo para los niños, refleja una falta de abordaje del trauma en los procesos judiciales. Muchas familias quedan así expuestas a situaciones peligrosas, lo que perpetúa los ciclos de control y violencia.

En Bélgica, el uso del concepto de alienación parental en los tribunales también ha sido criticado por carecer de fundamento científico. Un estudio reciente de la Liga de Familias destaca el daño que se produce cuando este concepto se aplica indiscriminadamente en los conflictos familiares. A menudo, desvía la atención del abuso real y coloca a las madres protectoras en una posición precaria, acusándolas de influir en sus hijos para que dañen al padre.

El Parlamento Europeo expresó recientemente preocupaciones similares sobre el impacto de la violencia doméstica en las decisiones sobre la custodia de los hijos, y destacó la importancia de priorizar la seguridad de las mujeres y los niños, evitando al mismo tiempo el uso de conceptos no validados científicamente, como la alienación parental, para minimizar u ocultar los casos de violencia doméstica.

El uso del síndrome de alienación parental (SAP), aunque científicamente desacreditado por numerosas instituciones internacionales, sigue siendo una herramienta frecuente en los tribunales de familia para socavar la protección de las madres. Desarrollado por Richard Gardner en la década de 1980 sin validación empírica, el SAP se basa en supuestos que oscurecen la dinámica del poder y la violencia en las separaciones conflictivas. A menudo se invoca para caracterizar las conductas protectoras de las madres como intentos de manipular a sus hijos contra el padre.

De manera similar, el concepto de conflicto de lealtad, tal como lo define De Becker, se utiliza para patologizar la relación entre un niño y su padre protector, particularmente en casos de violencia intrafamiliar. Esta noción, arraigada en teorías sistémicas de la década de 1970, carece de una validación empírica rigurosa. Tiende a reducir al niño a una víctima pasiva, ignorando su capacidad de acción y sus estrategias de adaptación en entornos hostiles. Esta teoría desplaza el foco de atención desde los orígenes de la conducta de la madre (la violencia sufrida) hacia interpretaciones que la responsabilizan de la disfunción familiar. En consecuencia, estigmatiza a las víctimas como instigadoras de problemas relacionales, justificando decisiones judiciales que a menudo conducen a separaciones injustificadas entre los padres maltratados y sus hijos. El bienestar psicológico tanto del niño como del padre protector, ya debilitado por la violencia, es frecuentemente ignorado.

A pesar de sus efectos negativos y de su falta de fundamento científico, esta teoría fue incorporada al marco de referencia nacional publicado por la Autoridad Nacional de Salud de Francia (HAS), legitimando su uso en contextos institucionales y judiciales. Esto pone de relieve el carácter sistémico e institucionalizado de estos abusos y la victimización secundaria provocada por los sistemas judiciales.

Estos conceptos, que carecen de validez científica, suelen desviar la atención de la violencia que sufren los niños y los padres protectores, centrándose en las denuncias de alienación o manipulación parental. Como resultado, justifican decisiones judiciales que restringen los derechos de las madres y, en algunos casos, el mantenimiento del contacto con los padres maltratadores. El uso indebido de tales nociones conduce a una doble victimización: los niños se ven obligados a entablar relaciones peligrosas y las madres se ven privadas de su papel protector debido a juicios sesgados.

Violencia institucional: un eco del abuso doméstico

La violencia institucional se refiere a la dinámica de poder y control ejercida por las instituciones a través de prácticas o políticas que, intencionalmente o no, invalidan las narrativas de las víctimas y perpetúan su trauma. El gaslighting institucional, por ejemplo, describe un proceso en el que las experiencias de las víctimas son sistemáticamente cuestionadas o minimizadas, creando un entorno opresivo que exacerba el sufrimiento inicial. Estos mecanismos institucionales, a menudo invisibles, refuerzan los patrones de abuso ya presentes en los contextos familiares.

Las teorías controvertidas, que suelen apuntar a las mujeres en el contexto de la protección de la infancia, suelen ganar fuerza bajo el disfraz de la psicología pseudojurídica. Estos conceptos, que carecen de una validación empírica rigurosa, a veces logran legitimidad institucional mediante procesos de reconocimiento arbitrarios. Sin embargo, es responsabilidad jurídica del Estado garantizar que solo se utilicen teorías validadas científicamente en las decisiones que afectan a los derechos fundamentales. Se alienta a las víctimas de estas prácticas a recurrir legalmente contra el Estado si esas teorías no validadas causan daño.

Una forma de tortura psicológica

Las Naciones Unidas, en el marco de la Convención contra la Tortura, define la tortura como “todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con fines tales como obtener una confesión, castigarla o intimidarla”. Según esta definición, la violencia institucional infligida a las madres protectoras se enmarca en este marco. La exposición prolongada a procedimientos judiciales complejos, donde se desacredita su voz y se criminalizan sus esfuerzos de protección, constituye una forma de tortura psicológica.

Estadísticas escalofriantes e impunidad generalizada

A pesar del aumento constante de las denuncias por violencia sexual contra menores (que se duplicaron entre 2011 y 2021), las tasas de condena siguen siendo alarmantemente bajas: un 3% en los casos de abuso sexual y solo un 1% en los de incesto. Mientras tanto, las acusaciones de manipulación parental, a menudo basadas en conceptos pseudocientíficos como el “síndrome de alienación parental” o sobrediagnósticos de síndrome de Munchausen por poderes, siguen desacreditando a las madres y favoreciendo a los abusadores. Sin embargo, según un estudio del Ministerio de Justicia de 2001, las acusaciones falsas constituyen solo el 0.8% de los casos.

En España, estas dinámicas se ven exacerbadas por retrasos estructurales en la implementación de leyes que protegen a las víctimas de violencia intrafamiliar. Sentencias contradictorias y una formación inadecuada de los jueces contribuyen a un creciente clima de impunidad.

Fallas en la protección de la infancia: informes inventados e intimidación

El sistema francés de protección de menores (ASE, Aide Sociale à l'Enfance), diseñado para proteger a los menores en situación de riesgo, ha sido frecuentemente acusado de prácticas abusivas que exacerban el sufrimiento de las madres y los niños. A menudo se utilizan informes inventados o no verificados para justificar la colocación de niños en hogares de acogida sin pruebas de abuso, como se destaca en una declaración profesional publicada en lenfanceaucoeur.org. Estos informes a menudo conducen a decisiones injustificadas de separar a los niños de sus familias, lo que fomenta un entorno de miedo que disuade a las madres de denunciar el abuso por temor a represalias institucionales.

Estos graves fallos fueron señalados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Derechos humanos, que condenó a Francia por no proteger a los niños confiados al cuidado de ASE, incluidos los casos en que los niños sufrieron violencia sexual. Estas fallas institucionales, agravadas por la falta de supervisión y rendición de cuentas, dejan a las familias vulnerables a un sistema destinado a protegerlas.

La urgencia de una reforma sistémica

Ante estos alarmantes hallazgos, es imperativo repensar el funcionamiento de las instituciones judiciales y sociales. Surgen varias propuestas de reforma:

Formación obligatoria: Todos los profesionales involucrados en estos casos, desde los jueces hasta los trabajadores sociales, deben recibir una formación integral sobre la dinámica de la violencia intrafamiliar, el impacto del trauma y sus sesgos cognitivos.

Prohibición del síndrome de alienación parental: El uso de este controvertido concepto debe prohibirse en los tribunales de familia, de acuerdo con las recomendaciones de las Naciones Unidas.

Mecanismos de supervisión independientes: Establecer comités de supervisión independientes para revisar las decisiones judiciales en casos de violencia sexual contra menores. Además, para prevenir los abusos institucionales relacionados con la violencia contra la infancia y los testigos expertos, es esencial crear un servicio de referencia independiente. Este servicio, accesible en caso de emergencia, se encargaría de revisar de manera imparcial los informes e intervenir con prontitud para suspender o rectificar las decisiones que perpetúan la violencia institucional. Una estructura de este tipo restablecería la confianza en los sistemas de protección de la infancia y, al mismo tiempo, salvaguardaría los derechos fundamentales de los niños y de los padres protectores.

Implementación de prácticas basadas en evidencia: El marco jurídico, que pretende proteger contra prácticas nocivas, paradójicamente permite su proliferación debido a su laxitud. A pesar de que hay pruebas sustanciales que demuestran que el uso de teorías no validadas conlleva un mayor riesgo de errores y daños, no existe una obligación explícita de garantizar la aplicación exclusiva de métodos basados ​​en la evidencia. Legislar el uso obligatorio de métodos validados científicamente en todas las decisiones relativas a la protección de los niños es esencial para reducir los abusos y garantizar la seguridad de las familias.

Una responsabilidad colectiva

Los medios de comunicación, las instituciones y la sociedad desempeñan un papel crucial para poner fin a esta forma moderna de tortura institucional. Si rompemos el silencio y amplificamos las voces de las víctimas, podemos presionar a los responsables políticos y exigir cambios profundos.

En esta lucha por la justicia, todas las voces cuentan. Proteger a los niños y apoyar a las madres que los defienden debe convertirse en una prioridad absoluta. Juntos podemos transformar las instituciones opresoras en salvaguardas firmes contra todas las formas de violencia.

Fuentes:

Comisión independiente sobre el incesto y las violencias sexuales por causas aux enfants (CIIVISE). (Dakota del Norte). Rapport sur les violencias sexuelles faites aux enfants en France. Recuperaré de https://www.ciivise.fr

Consejo de Europa. (nd). Protección de los derechos de los niños en las decisiones de los tribunales de familia. Recuperado de https://www.coe.int

Women's Aid. (2021). El impacto del abuso doméstico en los casos de contacto con niños en Inglaterra. Recuperado de https://www.womensaid.org.uk

Liga de las Familias. (2023). La utilización del síndrome de alienación parental en los tribunos en Bélgica: una crítica científica. Recuperaré de https://liguedesfamilles.be

Parlamento Europeo. (2021). Resolución sobre el impacto de la violencia doméstica en los derechos de custodia de los hijos (2021/2026(INI)). https://www.europarl.europa.eu

Gardner, RA (1985). El síndrome de alienación parental y la diferenciación entre abuso sexual infantil fabricado y genuino. Cresskill, Nueva Jersey: Terapéutica creativa. (Nota: Mentionnée comme référence historique mais critiquée scientifiquement).

lenfanceaucoeur.org. (Dakota del Norte). Tribuna contra las colocaciones abusivas en ASE. Recuperaré de https://lenfanceaucoeur.org

Tribunal Europeo de Derechos humanos. (2022). Jurisprudencia sobre fallas en la protección de la infancia en Francia. Recuperaré de https://hudoc.echr.coe.int

Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura. (1984). Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Recuperado de https://www.ohchr.org

Alta Autorité de Santé (HAS). (Dakota del Norte). Référentiel national sur la Protection de l'enfance. Recuperaré de https://www.has-sante.fr

Ministère de la Justice (Francia). (2001). Estudio sobre las fausses acusaciones en matière de violencias sexuales intrafamiliales. Recuperaré de https://justice.gouv.fr

Meehl, PE (1954). Predicción clínica vs. estadística: un análisis teórico y una revisión de la evidencia. Minneapolis: University of Minnesota Press.

The European Times

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